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Llamado en condiciones especiales del Subsidio de Arriendo para Sectores Medios 2019 CERRADO

Llamado especial destinado a familias de sectores medios, allegadas y arrendatarias, que necesitan una solución habitacional flexible por un tiempo determinado. Se dirige a familias que se encuentran sobre el 40% y hasta el 80% más vulnerable de la población de acuerdo a RSH, y que sean capaces de realizar un desembolso mensual destinado a pagar un arriendo.

Individual

Otorga:

Las personas podrán obtener un monto de subsidio y contrato diferenciado dependiendo del tramo de RSH al que pertenece el núcleo familiar. Define distintos montos de subsidio y contrato inversamente proporcionales para cada tramo de vulnerabilidad de acuerdo al siguiente detalle:

En todas las comunas en general:

Vulnerabilidad de acuerdo a RSH Subsidio en UF máximo Bolsa de subsidio en UF Contrato en UF máximo
50% 4,2 168 11
60% 3,8 152
70% 3,5 140 12
80% 3,2 128

 

El llamado especial dirigido sectores medios 2019 está abierto desde el 15 de octubre de 2019 al 15 de noviembre de 2019.

  • Tener más de 18 años de edad durante el año del llamado (postulantes nacidos hasta el año 2001 inclusive).
  • En el caso de postulantes extranjeros, deben presentar la cédula de identidad para extranjeros vigente.
  • La conformación del núcleo familiar debe contemplar, además del postulante, al menos a su cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo. En caso de postulante adulto mayor, mayores de 60 años cumplido el año calendario de la postulación, (nacidos hasta el año 1959 inclusive) no es requisito contar con núcleo familiar.
  • Encontrarse sobre el 40% y hasta el 80% más vulnerable de la población, de acuerdo a la calificación socioeconómica vigente.
  • Acreditar un ahorro mínimo de 4 UF al día de la postulación. Se aceptarán comprobantes de depósito con máximo 30 días de antigüedad. La cuenta debe estar a nombre del postulante, su cónyuge o conviviente civil. (Según lo establecido en la Ley de Unión Civil).
  • Declarar el monto total del ingreso mensual del núcleo familiar, incorporado a su declaración de núcleo. Este debe ser de al menos 7 UF y no exceder las 40 UF. Por cada integrante del núcleo familiar que exceda de tres, el ingreso máximo mensual del grupo familiar se incrementará en 8 Unidades de Fomento.
  • Que el postulante o algún integrante del grupo familiar declarado no se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
    • Ser propietario o asignatario de una vivienda, infraestructura sanitaria, o de un sitio.
    • Ser beneficiario de un subsidio habitacional o tener certificado de subsidio habitacional vigente.
    • Que se encuentre postulando a este o cualquier otro programa habitacional.
    • Que haya sido declarado como integrante de un grupo familiar beneficiado por el programa de arriendo.

¿Necesitas mayor información?

Entra a Preguntas Frecuentes para conocer más sobre cómo postular.


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